Caso de Éxito

Restitución internacional de una menor trasladada ilícitamente a España

LEX CONSULTORIUM consigue una sentencia favorable en un procedimiento de sustracción internacional de menores, con declaración de traslado ilícito y retorno de la menor a Rumanía.

El caso se inició tras el traslado de una menor desde Rumanía a España y su posterior permanencia en territorio español. La parte actora solicitó la restitución internacional de la menor al considerar que su residencia habitual se encontraba en Rumanía y que el traslado impedía el adecuado ejercicio de los derechos parentales reconocidos judicialmente.

La resolución estimó la demanda, declaró ilícito el traslado a España y acordó el retorno de la menor a Rumanía, fijando un plazo para que la restitución se llevara a cabo y estableciendo medidas para garantizar su cumplimiento.

Abogada que habla rumano en españa
Elena Hincu
Abogada Civil | Nº de colegiada 10442 | Ilustre Colegio de Abogados de Málaga

Derecho civil y familia internacional

Traslado de la menor desde Rumanía a España

El procedimiento tuvo su origen en el traslado de una menor desde Rumanía a España, donde permaneció junto a su madre. La parte actora sostuvo que la residencia habitual de la menor se encontraba en Rumanía y que la permanencia en España constituía una retención ilícita conforme al Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.

En el procedimiento constaba una resolución judicial rumana que reconocía el ejercicio de la autoridad parental a favor de ambos progenitores y fijaba un régimen de visitas. La permanencia de la menor en España dificultaba el cumplimiento efectivo de ese régimen y desplazaba la decisión sobre custodia y residencia fuera del país competente.

Demanda de restitución
Convenio de La Haya
Residencia habitual en Rumanía
Retorno de la menor

La sentencia declaró ilícito el traslado de la menor a España y acordó su retorno a Rumanía.

— La oposición de la parte demandada fue desestimada y se impusieron las costas procesales.

Oposición a la restitución internacional

La parte demandada se opuso al retorno de la menor alegando diferentes motivos, entre ellos la existencia de una situación de riesgo, la integración de la menor en España, la dependencia respecto de la madre, la existencia de familiares en territorio español y la supuesta ausencia de ocultación del paradero de la menor.

También se invocó la excepción prevista en el artículo 13 b) del Convenio de La Haya, relativa al grave riesgo de que la restitución exponga al menor a un peligro físico o psíquico o lo coloque en una situación intolerable.

Sin embargo, la resolución consideró que no existía prueba suficiente de un riesgo actual, grave e intolerable para la menor que justificara denegar la restitución. El juzgado valoró que el procedimiento de restitución no decide sobre la guarda y custodia, sino que tiene por objeto devolver al menor al país de residencia habitual para que sean sus autoridades competentes quienes resuelvan sobre las medidas parentales.

Aplicación del Convenio de La Haya

La sentencia recordó que el Convenio de La Haya de 1980 tiene como finalidad garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados o retenidos ilícitamente en otro Estado contratante, así como asegurar el respeto de los derechos de custodia y visita vigentes en el país de residencia habitual.

En este caso, quedó acreditado que la residencia habitual de la menor antes del traslado estaba en Rumanía y que ambos progenitores ostentaban responsabilidad parental conforme a una resolución judicial extranjera. También se tuvo en cuenta que la restitución no supone una decisión definitiva sobre custodia, sino el retorno al Estado competente para resolver esas cuestiones.

Sentencia favorable y retorno a Rumanía

La resolución estimó la demanda y declaró que el traslado de la menor a España era ilícito, acordando su retorno a Rumanía. La sentencia estableció que la restitución debía realizarse en el plazo de quince días desde la firmeza de la resolución, ordenando que la madre efectuara el desplazamiento con la menor.

Para el caso de que la restitución no se produjera voluntariamente en ese plazo, la sentencia acordó que la menor fuera entregada al padre con la documentación necesaria para su traslado inmediato a Rumanía, pudiendo adoptarse las medidas necesarias para garantizar la ejecución de la resolución.

Además, se impusieron a la parte demandada las costas procesales y los gastos derivados del viaje y retorno de la menor a Rumanía.

Resumen del caso

Tipo de asunto: Sustracción internacional de menores

Procedimiento: Juicio verbal sobre restitución internacional de menor

Órgano: Tribunal de Instancia de Almería

País de residencia habitual: Rumanía

País de traslado: España

Normativa aplicada: Convenio de La Haya de 1980 y artículo 778 quinquies LEC

Motivo de oposición: Riesgo grave, integración en España y circunstancias familiares

Resultado: Estimación de la demanda y declaración de traslado ilícito

Medida acordada: Retorno de la menor a Rumanía

Plazo de restitución: Quince días desde la firmeza de la resolución

Costas: Impuestas a la parte demandada

Abogada responsable: Elena Hincu, Abogada Civil

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